Entrega de correo masivo - desde 72 horas

Enviamos Mensajería, Lic.MinTic. 002498, resolución de prórroga 2441 del 21 sep 2021.

Entrega de correo masivo - Enviamos Mensajería

Entrega de correo masivo

Recolección, logística, transporte y entrega de correo a todos los destinos de Colombia.

Hacemos entrega de correo masivo desde 0.1 kgs hasta 300 gramos. Este servicio es útil para la mensajería en moto de sobres, facturas, documentos y similares. Contamos con servicio de mensajería especial para empresas como cooperativas, bancos, empresas de servicios públicos, municipios, empresas de publicidad y marketing, campañas promocionales, muestreo y similares.

Modalidades y condiciones del servicio

Entrega desde 72 horas
Recogida:

La recogida se realiza en el lugar indicado, posteriormente se realiza el alistamiento, adhesión de la guía de rastreo y zonificación.

Tiempo de entrega:

Entrega se realiza entre 3 días hasta los 10 días según el tiempo acordado con el cliente.

Resultados:

Informes de gestión diarios y periódicos desde nuestra página web, prueba de entrega digital durante el transcurso de la operación logística e informe final al culminar el periodo acordado.

Cubrimiento:

Entrega en todo Colombia.

Tarifas:

La tarifa mínima de entrega de correo masivo es $738 por cada sobre, la tarifa puede incrementar según el origen, destino y cantidades enviadas.

Lista de objetos prohibidos:

El MINTIC - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones regula el tipo de envíos que pueden realizarse sin restricciones, solicita abstenerse de enviar objetos prohibidos o peligrosos, de acuerdo con las normas vigentes. Para estos efectos se consideran como objetos postales prohibidos los siguientes:

  1. Los estupefacientes y las sustancias sicotrópicas. El opio, la morfina, la cocaína, la marihuana, y demás estupefacientes. No se aplicará ésta restricción a los envíos con fines médicos o científicos para los países que los admitan en tales condiciones.
  2. Los líquidos corrosivos y las sustancias venenosas, las materias grasas, los polvos colorantes y otras materias similares.
  3. Objetos que por su naturaleza o embalaje pongan en peligro a los empleados de los servicios postales o al público en general o que puedan ensuciar o dañar otros objetos postales o los equipos del operador.
  4. Animales vivos.
  5. El envío de papel moneda, títulos valores de cualquier tipo pagaderos al portador, platino, oro, plata, piedras preciosas, joyas y otros objetos de valor de similar naturaleza, que no se envíen asegurados. La prohibición del envío de papel moneda no opera en la admisión de dinero por parte del operador de servicios postales de pago que suministren esta clase de servicios a sus usuarios.
  6. Los objetos cuyo tráfico sea constitutivo de un delito.
  7. Los objetos que se determinen en convenios internacionales de los cuales Colombia sea signataria.
  8. Los documentos que tengan carácter de correspondencia actual y personal, intercambiados entre personas que no sean el expedidor y el destinatario o personas que convivan con ellos.
  9. Materias explosivas, inflamables o peligrosas como armas, municiones, elementos bélicos de toda especie, fuegos artificiales, detonadores, cohetes, petardos entre otros. Así como también de materias radiactivas, en todas las categorías de envíos.
  10. Los objetos falsificados o pirateado.